Tabla de contenido
La Ley que protege los derechos de los consumidores mexicanos es la LFPC de diciembre de 1992. El artículo 11 de la Ley Federal de Protección al Consumidor obliga a los proveedores a retornar al consumidor cualquier importe extra cobrado por envase o empaque del producto vendido cuando el consumidor retorne el mismo.
Artículo 11 de la Ley Federal de Protección al Consumidor
El artículo 11 de la Ley de Protección al Consumidor se engloba dentro del Capítulo I de la LFPC.
Dice así literalmente:
Artículo 11.- El consumidor que al adquirir un bien haya entregado una cantidad como depósito por su envase o empaque, tendrá derecho a recuperar, en el momento de su devolución, la suma íntegra que haya erogado por ese concepto.
Economía circular
Este artículo de la LFPC de 1992 es, en el año 2023, un auténtico brindis a la economía circular tan de moda hoy.
Todo proveedor que imponga un cargo adicional en el envase o empaque de un producto, debe devolver dicho importe al consumidor contra entrega del citado envase o empaque.
Capítulo I de la LFPC
El Capítulo I de la LFPC (Disposiciones generales), comprende los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 7 Bis, 8 y 8 Bis, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 18 Bis.
Normatividad de protección de los consumidores mexicanos
Las tres principales normas de defensa de los consumidores y usuarios en México son:
- La Ley Federal de Protección al Consumidor de 24 de diciembre de 1992 (LFPC) (ver online).
- Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros (LPDUSF), del 18 de enero de 1999 y reformada en marzo de 2018 (ver PDF).