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Fuerza mayor es cualquier suceso imprevisto que no se tenía forma de evitar y que, por sus dimensiones, escapa al control del hombre.
En el seguro
Los seguros nos protegen de la contingencia que es todo aquello que pudiendo suceder, es difícil de prever si ocurrirá o no.
La contingencia como probabilidad de que nos aceche un peligro u ocurra un daño o perjuicio forma parte de la vida ya que casi nada es previsible, aunque casi todo se puede asegurar para protegernos de los efectos de la contingencia.
Sin embargo, hay imprevistos de dimensiones catastróficas que ni siquiera los seguros son capaces de cubrir por sus efectos devastadores. Hablamos de lo que se entiende como fuerza mayor.
Definición de fuerza mayor
Fuerza mayor es toda acción imprevisible relacionada con la naturaleza o catástrofes que se escapa a toda previsión y que por sus efectos devastadores, genera pérdidas en el valor de las cosas y/o de las personas.
Ejemplos de fenómenos de la naturaleza son las riadas e inundaciones, los granizos, las tempestades, los huracanes o los terremotos. Ejemplos de catástrofes son las guerras o los atentados terroristas.
En el mundo del seguro, la fuerza mayor puede generar daños materiales y/o personales de gran calado, por lo que, su cobertura económica puede ser inasumible para la propia aseguradora.
Por ello, este tipo se sucesos imprevistos de gran calado se excluyen de las pólizas de seguros.
Esto quiere decir que, ocurrido el siniestro la aseguradora se exime de hacer frente a los mismos, por el impacto que generaría en su patrimonio.
Fuerza mayor en la LFPC
La Ley Federal de Protección al Consumidor solo hace mención a este término en su artículo 73 Ter relativo a las obligaciones del proveedor de un inmueble:
El proveedor únicamente quedará exento de la obligación de entregar en la fecha convenida, cuando acredite plenamente, que la entrega no se realizó en la misma por caso fortuito o fuerza mayor que afecte directamente, a él o al bien, pudiéndose pactar sin responsabilidad alguna, una nueva fecha de entrega;
Fuerza mayor en el Código Civil
El Código Civil Federal contiene diversas alusiones a los derechos de las personas con relaciones jurídicas en caso de fuerza mayor.
Por ejemplo, el arrendatario de un inmueble está exento de pagar la renta pactada en caso de fuerza mayor durante dos meses, podrá pedir la rescisión del contrato. Piénsese en un terremoto que deja inservible la vivienda arrendada.
Artículo 2431.- Si por caso fortuito o fuerza mayor se impide totalmente al arrendatario el uso de la cosa arrendada, no se causará renta mientras dure el impedimento, y si éste dura más de dos meses, podrá pedir la rescisión del contrato.
Normativa relacionada
- Ley sobre el contrato de seguro. Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de agosto de 1935 (Última reforma publicada DOF 04-04-2013) (Ver PDF).
- Código Civil Federal. Nuevo Código publicado en el Diario Oficial de la Federación en cuatro partes los días 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928 (Última reforma publicada DOF 28 enero 2010) (Ver PDF).